
Madrid pone fin a la renovación automática de la demanda de empleo
Como consecuencia de las medidas adoptadas por la situación y evolución de la COVID-19, las renovaciones de la demanda de empleo (coloquialmente conocido como «sellar el paro») se llevan realizando desde el mes de marzo del año pasado de forma automática.
Sin embargo, a partir del próximo 1 de octubre finaliza la renovación automática de la demanda de empleo. A partir de esa fecha será obligatoria la renovación de la demanda el día que corresponda a todas aquellas personas inscritas en Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid como demandantes o en mejora de empleo.
Los desempleados tienen la obligación de sellar el paro cada tres meses. En la Oficina Virtual de Empleo (enlace) se puede consultar la fecha de renovación, obtener un duplicado y renovar la demanda de empleo. También se puede hacer de forma presencial en las oficinas de empleo, solicitando cita previa con anterioridad.
Si olvida renovar la demanda, se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve que puede suponerle la pérdida de un mes de prestación. Si no vuelve a renovarla una segunda vez, perderá tres meses. Si se repite una tercera vez, perderá seis meses, y si por cuarta vez no renueva, perderá la prestación.
Para estos casos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, cuando entre una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.
En el caso de no cobrar ninguna prestación, se podría perder la antigüedad, no pudiendo acceder a planes de empleo o iniciativas dirigidas a parados de larga duración.