Madrid convoca 463 plazas de técnico en cuidados auxiliares de Enfermería

La Comunidad de Madrid ha convocado un proceso selectivo extraordinario para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D), con un total de 603 plazas, por el proceso de estabilización, para su provisión por el sistema de acceso libre. Las solicitudes pueden presentarse hasta el día 11 de abril.

De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, del total de las plazas ofertadas se reservan 43 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa

Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se puede acceder mediante este enlace, seleccionando la sección ‘Cumplimentación de la solicitud y tasas’ y rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen.

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El sistema selectivo será el de oposición formada por un cuestionario tipo test compuesto por 50 preguntas y un segundo ejercicio cono dos supuestos prácticos. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta apartado primero de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, el siguiente requisito:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Ciclo Formativo de Grado Medio, Rama Sanitaria) o Formación Profesional de Primer Grado, rama Sanitaria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

— Dado que las plazas adscritas a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores, los aspirantes no podrán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no haber sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

La acreditación de este requisito se efectuará mediante la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en los términos dispuestos en la base octava apartado segundo de la presente convocatoria.

Adjudicación de destinos y formalización de los contratos

Concluidos los dos procesos selectivos, para quienes los hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se procederá por parte de la Dirección General de Función Pública, a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante Resolución que será objeto de debida publicación en el BOCM, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo

Bolsa de trabajo a efectos de contrataciones temporales para los que no hayan superado el proceso selectivo

De conformidad con lo dispuesto en la base decimosexta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, en relación con el artículo 44 del Convenio Colectivo único para personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, se procederá a la constitución y aprobación de una bolsa de trabajo temporal, a efectos de su posible contratación como personal laboral temporal, con aquellos aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha bolsa.

Buzón del opositor

Los aspirantes que participen en los procesos selectivos gestionados por la Dirección General de Función Pública podrán plantear sus dudas y sugerencias relativas a los mismos, enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: buzonopositor.fpublica@madrid.org

No se podrá utilizar esta vía para efectuar reclamaciones, subsanaciones o recursos relacionados con los citados procesos, debiendo presentarse a través de cualquiera de los registros, así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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